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Estado chileno deberá indemnizar a familias de víctimas por fallida alerta de tsunami

Actualizado a las 11/11/2017 - 10:00
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SANTIAGO, 10 nov (Xinhua) -- La Corte Suprema de Justicia de Chile ordenó hoy al Estado indemnizar a 74 familiares de 21 víctimas del terremoto y posterior tsunami del 27 de febrero de 2010, ante la constatación de fallas en los sistemas de alerta temprana.

La orden obliga al Estado indemnizar con 1.840 millones de pesos (unos 3 millones de dólares) a estas familias por las muertes ocurridas en la isla de Juan Fernández y las ciudades costeras de San Antonio, Constitución, Talcahuano y Tomé.

La institución determinó que hubo responsabilidad estatal en los decesos, pues las familias de las víctimas confiaron en la recomendación de las autoridades, las cuales indicaron que no se produciría un tsunami, por lo que permanecieron en sus casas.

Las autoridades de la época descartaron entonces la ocurrencia de un tsunami tras el terremoto de 8,8 grados Richter que sacudió a Chile hace siete años, el cual finalmente se produjo con afectaciones en la zona costera del centro y sur del país sudamericano.

Por el sismo murieron alrededor de 370 personas, mientras que por el tsunami fallecieron unas 144.

La resolución del máximo tribunal se produce luego de la presentación de una apelación del Consejo de Defensa del Estado para anular el pago de indemnización.

"El recurso en estudio incurre en manifiesta falta de fundamento, por lo que no puede prosperar", indicó el tribunal al justificar su decisión.

Según la Corte Suprema, ha quedado establecido que la estatal Oficina Nacional de Emergencias (Onemi) y el Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada (SHOA) fueron responsables por las fallas en las alertas de tsunami.

Los familiares de las víctimas han deducido acciones judiciales contra el Estado, mientras que el Ministerio Público ha levantado acusaciones contra personeros a cargo de la Onemi y el SHOA.

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