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Bolivia corrige ley de juicio a altas autoridades para impedir sanciones internacionales

Actualizado a las 07/12/2015 - 09:03
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La Asamblea Legislativa trabaja en la corrección de la Ley 044 de Juzgamiento del presidente, el vicepresidente y altas autoridades de Estado en Bolivia para subsanar vacíos jurídicos y evitar violaciones a los derechos humanos que conllevan a sanciones internacionales millonarias.

El abogado de las víctimas de Octubre 2003 y experto penalista internacional, Rogelio Mayta, explicó a Xinhua que la futura medida legal pretende llenar un vacío jurídico que se muestra en el vigente ordenamiento jurídico nacional sobre los juicios de responsabilidades.

Asimismo, el abogado manifestó que no se puede desvirtuar la normativa con versiones de buscar beneficiar al expresidente Gonzalo Sánchez de Lozada con la doble instancia, cuando la ley es para todos, incluso para ex autoridades que tienen pendiente juicios de responsabilidades y que están a la espera de que la Asamblea Legislativa dé la autorización a esos procesos que deben sustanciarse en el Tribunal Supremo de Justicia.

El proyecto de modificaciones a la Ley 044 incluye la apelación en segunda instancia, porque la actual norma omite esta medida lo que es considerado como una violación a los derechos humanos.

A su vez, el presidente de la Comisión de Justicia de la Cámara Alta, Efraín Chambi, precisó que de no aprobarse este proyecto de ley, Bolivia se expone a una serie de demandas internacionales por violar los derechos humanos.

"Las ex autoridades sentenciadas con la actual ley de única instancia pueden tranquilamente acudir ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos por violación al debido proceso, porque Bolivia es signataria de acuerdos internacionales, además el Estado debería pagar millonarias sumas", manifestó Chambi.

A su vez la jefa de bancada del opositor Unidad Demócrata (UD) en Diputados, Jimena Costa, respaldó la medida, pues dijo que no es posible que en Bolivia se haya promovido años atrás una ley de juicio a altas autoridades sin contemplar la figura de la apelación en segunda instancia.

"Tenemos que proteger al Estado, no puede ser que el partido oficialista MAS haya aprobado reformas a la ley de responsabilidades posibilitando violaciones a los derechos humanos, ahora estamos a tiempo para corregirlo", aseveró.

Según Costa, con esta modificación a la Ley 044, el Senado está ajustando al derecho internacional, a acuerdos internacionales que Bolivia ha suscrito; una normativa que rige para todos los Estados y que es de alcance para todos, sin exclusión.

Con la futura ley modificatoria a la Ley 044, autoridades como el presidente, vicepresidente, ministros y magistrados de la justicia que sean sentenciados en un juicio de responsabilidades podrán apelar el fallo, lo que con la vigente ley no se le permite. Es la principal reforma de juzgamiento de altas autoridades, aprobada en la Cámara de Senadores y que se prevé ser sancionada en los próximos días por la Cámara de Diputados.

El artículo 15, parágrafo II, de la ley que ahora está en proceso de modificación establece que "las resoluciones que resuelvan excepciones e incidentes durante la etapa preparatoria serán recurribles de apelación incidental. Las sentencias dictadas por el Tribunal de Sentencia serán recurribles en apelación restringida".

Además, con esta nueva ley el Tribunal Supremo de Justicia deja de constituirse como tribunal colegiado en pleno y como la única instancia para juzgar al presidente o vicepresidente.

La normativa crea dos tribunales: el Tribunal de Sentencia, con tres magistrados, y el Tribunal de Apelación, con similar número de esas autoridades, que serán designadas en un sorteo por la sala plena del TSJ.

Por tanto, las apelaciones serán resueltas por el Tribunal de Apelación, según el procedimiento que establece el Código de Procedimiento Penal.

CASOS INTERNACIONALES

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, órgano judicial de la Organización de los Estados Americanos (OEA), ya condenó a países de Colombia, Perú, Surinam, Argentina y Venezuela por vulnerar el debido proceso y no reconocer el derecho a impugnar fallos de juicios de responsabilidades contra altas autoridades del Estado, según la Comisión de Justicia del Senado.

En sus justificativos esta instancia legislativa argumentó que Bolivia no puede sumarse a esta lista de Estados sancionados con sumas millonarias, además si se toma en cuenta que tiene en puertas la posibilidad de encarar 24 juicios de responsabilidades.

Desde los años 2010 y 2011 la Corte Interamericana de Derechos Humanos modula sentencias y dicta sentencias específicas que garanticen el derecho a la doble instancia o impugnar un fallo a una segunda instancia de apelación.

"Desde el año 2010 los Estados latinoamericanos comenzaron a salir de su visión colonialista y neoliberal para iniciar juicios de responsabilidades a exautoridades por los daños causados a sus Estados, pero al mismo tiempo algunos vulneraban el debido proceso, por lo que tuvieron que ser sancionados", dijo el senador oficialista Efraín Chambi.

Según el senador oficialista, los países que no obedecieron a las recomendaciones del acuerdo Costa Rica fueron pasibles a penalizaciones millonarias, una vez que las exautoridades afectadas recurrieron a la Corte Interamericana para que disponga sanciones con la denominada "caja de reparaciones" por daños y perjuicios.

Además dijo que los procesos quedan en fojas cero y por consiguiente al archivo de obrados del proceso que le iniciaron.

Con las modificaciones a la Ley 044 se espera reducir de 12 a seis años los 24 juicios de responsabilidades, que están a la espera de su autorización en la Asamblea Legislativa, según la estimación de la Comisión de Justicia del Senado.

El presidente de esta Comisión, Efraín Chambi, dijo que el Tribunal Supremo de Justicia calculó que con la actual ley de responsabilidades el proceso de estos 24 juicios se precisaría 12 años para su conclusión y con el riesgo de vulnerar el debido proceso, lo que generaría sanciones para el país.

Dijo que con todos los procedimientos que incluye la nueva ley como la doble instancia, la división del Tribunal Supremo de Justicia, al respeto al debido proceso se reduce el tiempo de cada proceso.

Se está haciendo una nueva división al interior del Tribunal Supremo de Justicia, pues antes en la vigente Ley 044 el control jurisdiccional estaba compuesto por dos magistrado y el tribunal de sentencia por siete magistrados, sin considerar un tribunal de apelación, que vulnera el derecho humano de las exaltas autoridades.

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