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Presidente de Venezuela puede convocar enmienda para reducir mandato de parlamento

Actualizado a las 23/02/2016 - 08:53
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Por Victoria Argüello

CARACAS, 22 feb (Xinhua) -- Ante las intenciones del parlamento opositor de Venezuela de reducir el mandato del presidente Nicolás Maduro vía enmienda constitucional, el jefe de Estado puede apelar por el mismo mecanismo para abreviar la gestión de la Asamblea Nacional (AN), explicó el abogado constitucionalista Hermann Escarrá.

En entrevista con Xinhua, Escarrá se refirió a la medida que evalúa la bancada opositora en el Congreso unicameral que persigue abreviar de seis a cuatro años el período presidencial de Maduro a fin de que éste entregue el poder sobre el Ejecutivo en enero de 2017.

Ciertamente, agregó, el mecanismo de la enmienda y sus respectivos procedimientos están establecidos en los artículos 340 y 341 de la Constitución de Venezuela, pero en el caso del presidente Maduro puede proceder más rápidamente, puesto que no requiere del debate en el seno del parlamento.

"La Asamblea Nacional puede presentar su enmienda de reducir el lapso presidencial y de la misma forma el presidente Maduro en Consejo de Ministros puede presentar una enmienda para reducir el mandato de la AN, y que entonces el pueblo decida cuál de las dos enmiendas debe prevalecer", argumentó Escarrá.

El especialista en derecho constitucional detalló los tiempos y procedimientos contemplados en la Carta Magna para una eventual convocatoria de enmienda constitucional por parte del oficialismo y de la oposición.

El presidente Nicolás Maduro, tras previa sesión del Consejo de Ministros, puede dirigirse al Consejo Nacional Electoral (CNE), y este organismo rector podrá convocar en un lapso no mayor a 30 días el referendo popular consultivo para su aprobación.

En cambio, la iniciativa parlamentaria a una enmienda debe provenir del 30 por ciento de los diputados, luego el bloque opositor debe debatir la propuesta en al menos dos sesiones ordinarias, lograr su aprobación por mayoría simple y finalmente dirigirse al Poder Electoral para un referendo.

"La decisión final está en manos del 'soberano', es el pueblo de Venezuela quien determinará si procede la enmienda constitucional o no", enfatizó el abogado en alusión al artículo 5 del máximo documento jurídico de esta nación sudamericana, que establece que "la soberanía reside en el pueblo" mediante el sufragio.

Otra medida que evalúa la oposición venezolana en la AN es el referendo revocatorio, que establece que a mitad del período presidencial -ya cumplido por el presidente Maduro- puede consultarse a la población si desea la continuidad de su mandato.

A juicio de Hermann Escarrá "no dan los tiempos para la aplicación de un referendo revocatorio", si se toma en cuenta el lapso de seis meses anunciado por el presidente del parlamento, Henry Ramos Allup, para sacar del gobierno a Maduro.

Su argumento radica en que un semestre es muy corto para concretar una solicitud de este tipo, la cual debe provenir del 20 por ciento del electorado (cerca de 4 millones de ciudadanos), ya que es la iniciativa popular la única que puede activar dicho mecanismo.

"Tendrían que hacer las cosas prácticamente perfectas para no perder tiempo y, además de eso, que del lado oficialista no se presenten amparos, recursos, control de constitucionalidad o recursos extraordinarios de revisión", añadió.

Además de una propuesta de enmienda y el referendo revocatorio, la oposición evalúa otros instrumentos dispuestos en la Constitución para acelerar la salida del actual gobierno.

El pasado 16 de febrero, el Centro Popular de Formación Ciudadana (CPFC) presentó ante la Asamblea Nacional un proyecto de Ley que además plantea enmendar el artículo 233 de la Carta Magna referente a las faltas absolutas del presidente de la República.

La opositora Mesa de la Unidad Democrática (MUD) ha dicho además que un total de 700 constitucionalistas adversos al Ejecutivo suramericano se encuentran evaluando cuál es el mecanismo más viable.

Al respecto, el abogado Escarrá sostiene que para una enmienda al artículo 233 sobre las faltas absolutas del presidente, a excepción de casos extremos como muerte o renuncia, es determinante la intervención del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).

Agregó que todas las acciones en este ámbito constituyen "un procedimiento, en el caso del juicio político, que debe respetar el conjunto de las garantías procesales internacionales y nacionales".

Para el experto, tampoco es viable en materia de tiempo una enmienda al artículo 233, ya que no considera factible su desarrollo antes de las elecciones regionales previstas para finales de noviembre o inicios de diciembre próximo.

"Cualquier mecanismo que quisieran implementar tendría que ser inexorablemente antes de esos meses, porque ese espacio ya lo tiene la elección de todos los gobernadores de Venezuela, y ésta es una elección fundamental para el pueblo, para la gobernabilidad y la propia institucionalidad democrática", acotó.

Finalmente, Escarrá desmintió que el presidente de Venezuela pueda disolver la Asamblea Nacional cuando ésta se coloca en contra de los intereses nacionales, e insistió en "tener cuidado" para no incurrir en distorsiones al momento de interpretar la Constitución.

"Eso no es verdad, la verdad es que el presidente tiene competencias para disolver la Asamblea Nacional en el supuesto previsto en la Constitución, y este supuesto se refiere el artículo 240 que hay que estudiar con detenimiento", dijo.

Explicó que dicho punto de la máxima normativa establece que si la AN remueve en más de tres oportunidades al vicepresidente Ejecutivo mediante moción de censura, el presidente podrá disolver el parlamento pero convocando a elecciones para una nueva legislatura en los 60 días siguientes a su disolución.

Tras conquistar la Asamblea Nacional, producto de una victoria sin precedentes en las elecciones del pasado 6 de diciembre, la oposición local de derecha ha abogado por la salida del gobierno del presidente Maduro, quien al contrario ha denunciado que el nuevo parlamento no se preocupa por atender la situación económica del país.

La MUD y uno de sus máximos representantes, Ramos Allup como presidente de la AN, han anunciado que en los próximos días informarán al país sobre el mecanismo elegido para cambiar al Ejecutivo.

No obstante, aún la oposición local no presenta un programa de gobierno alternativo al proyecto de revolución bolivariana, ni tampoco una figura política que se proyecte como líder en el hipotético caso de unas nuevas elecciones presidenciales.  

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