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Costa Rica activa salvaguardia agrícola para las importaciones de arroz

Actualizado a las 12/09/2017 - 16:39
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SAN JOSE, 11 sep (Xinhua) -- El gobierno de Costa Rica activó por primera vez la Salvaguardia Especial Agrícola por volumen sobre las importaciones de arroz, en los términos que establece el artículo 5 del Acuerdo sobre la Agricultura de la Organización Mundial de Comercio (OMC).

Según informó hoy el Ministerio de Agricultura y Ganadería de Costa Rica, la medida consiste en un incremento temporal de los aranceles aplicados a las importaciones de arroz, con el fin de contrarrestar las compras en el extranjero o la caída de los precios de ese bien sensible para el mercado costarricense.

El aumento en el arancel del 46,67 por ciento se aplicará desde el 6 de septiembre hasta el 31 de diciembre del 2017 y responde a un estudio realizado que evidenció un aumento desmedido de las importaciones de arroz en los últimos años.

"Las pruebas que comprobaron la existencia de las causales para la interposición de una SEA por volumen sobre el producto denominado arroz descascarillado (integral) de los incisos 1006.20.00.00.91 y 1006.20.00.99 del Arancel de Importación, de conformidad con el Acuerdo sobre la Agricultura de la OMC, y la reglamentación nacional" , indicó el viceministro de Agricultura, Felipe Arguedas.

El arroz integral quedó sujeto a la aplicación de la salvaguarda por el crecimiento desproporcionado en su volumen de importación, que excedió el nivel de activación de 3.805.206,05 kg (contabilizado a partir del 01 de enero de 2017), lo que permite el incremento del arancel del 35 al 46,67 por ciento.

Para 2016, las importaciones de arroz integral fueron cercanas a los 10 millones de kilos. En el periodo comprendido entre enero y mayo de 2017, se registraban importaciones por 3.859.600 de kilos, cifra que supera el nivel de activación.

Alexander Navarro, quien formó parte del órgano director del MAG, detalló que es la primera vez que se aplica en el país una salvaguardia por volumen y que se trata de una medida establecida de manera transparente y temporal.

Esta medida no aplicará a las importaciones originarias de los Estados Unidos, Centroamérica (excepto Panamá), Chile y México, países con los que rigen las condiciones de los tratados de libre comercio vigentes.  

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