Personas participan durante una protesta en contra de la independencia de Cataluña, en Barcelona, España, el 29 de octubre de 2017. Bajo el lema "Todos somos Cataluña", unos 1.3 millones de personas, según la plataforma Sociedad Civil Catalana (SCC), organizadora del evento, se manifestaron el domingo por las calles de Barcelona en contra de la declaración de independencia realizada el viernes por el Parlamento de Cataluña y a favor de la unidad de España. (Xinhua/Matthias Oesterle/ZUMAPRESS)
Añade que Forcadell y otros miembros de la Mesa de la Cámara han desatendido sus advertencias de manera "contumaz" (obstinada).
El derecho a la autonomía, que la Constitución española reconoce a las nacionalidades y regiones que integran España, "no es ni puede confundirse con la soberanía", precisó el TC.
Sostiene también que el "derecho de autodeterminación, entendido como derecho a promover y consumar la secesión unilateral del Estado, no está reconocido en la Constitución".
Agrega que "ni cabe aducir que forme parte de nuestro ordenamiento por vía de tratados internacionales de los que España es parte, ni tampoco encuentra fundamento en el derecho internacional".
De acuerdo con el TC, el pleno del Parlamento catalán aprobó primero el proceso de constituyentes y después, en votación secreta, "apartándose de la forma ordinaria de votación", la declaración unilateral de independencia.
Las dos resoluciones aprobadas "presuponen que el Parlamento de Cataluña se arroga atribuciones inherentes a la soberanía, superiores a las que derivan de la autonomía reconocida por la Constitución".
La entidad considera además que la actuación del Parlamento catalán es un "grave atentado" contra el Estado de derecho y conculca "el principio democrático".
En este punto, el TC de España recuerda una vez más, que "en el Estado constitucional no puede desvincularse el principio democrático de la primacía incondicional de la Constitución".