WASHINGTON, 24 abr (Xinhua) -- La Corte Suprema de Estados Unidos decidió hoy 5-4 que una empresa extranjera, incluso con sucursales en Estados Unidos, no puede ser demandada en tribunales estadounidenses por los daños derivados de su presunta participación o facilitación de ataques terroristas y violaciones de derechos humanos en el extranjero.
La Corte Suprema citó el Estatuto de reclamación por agravios contra extranjeros y confirmó el fallo de un tribunal inferior que rechazó una demanda que 6.000 víctimas de ataques terroristas intentaron interponer contra Arab Bank PLC por presunto financiamiento de ataques terroristas en Medio Oriente.
Esta decisión pondrá fin a las demandas de derechos humanos contra corporaciones extranjeras con vínculos con Estados Unidos, según informes de medios locales.
El juez Anthony Kennedy calificó de menor la conexión entre los ataques terroristas en este caso y la presunta conducta en Estados Unidos y dijo que la mayoría de las acusaciones de los demandantes ocurrieron en Medio Oriente.
El Estatuto "pretende promover la armonía en las relaciones internacional al garantizar a demandantes extranjeros un remedio para violaciones del derecho internacional en circunstancias en las que la ausencia de tal remedio pueda motivar a los otros países a responsabilizar a Estados Unidos", escribió el juez.
"Pero en este, y otros casos similares, ocurre lo opuesto", escribió.
El juez principal John Roberts y los jueces Clarence Thomas, Samuel Alito y Neil Gorsuch se unieron a Kennedy en la mayoría.
La jueza Sonia Sotomayor discrepó del fallo de la corte en una opinión a la que se sumaron los jueces Ruth Bader Ginsburg, Stephen Breyer y Elena Kagan.