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Tribunal de Venezuela suspende acuerdos de Congreso con organismos internacionales

Actualizado a las 16/06/2016 - 15:20
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El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela dictaminó hoy la suspensión de dos sesiones ordinarias de la Asamblea Nacional (AN, Congreso) efectuadas en mayo pasado, durante las cuales solicitó la intervención de organismos internacionales en el país.

A través de la sentencia número 478 publicada este miércoles en el sitio de internet del TSJ, la Sala Constitucional del ente resolvió la suspensión de las sesiones correspondientes a los días 10 y 31 de mayo y por ende todos los acuerdos emanados de éstas.

El pasado 10 de mayo, la bancada de la opositora Mesa de la Unidad Democrática (MUD) aprobó el documento "Acuerdo exhortando al cumplimiento de la Constitución y sobre la Responsabilidad del Poder Ejecutivo Nacional, del Tribunal Supremo de Justicia y del Consejo Nacional Electoral para la Preservación de la Paz y ante el Cambio Democrático en Venezuela".

En dicho acuerdo, la fracción parlamentaria de oposición solicitó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y al secretario general de la Organización de Estados Americanos (OEA), Luis Almagro, presionar a los Poderes Públicos de Venezuela "para que adopten las medidas que corresponda", con el fin de "garantizar" los derechos.

La oposición sostuvo en ese texto que Venezuela vive "la peor crisis republicana, debido a la grave situación de carencia de alimentos" y además rechazan que el TSJ haya avalado el decreto de Emergencia Económica propuesto por el Ejecutivo desde enero pasado, una acción que calificaron de inconstitucional.

En ese sentido, los magistrados de la Sala Constitucional del TSJ decidieron suspender la sesión y dejar sin efecto sus resultados, ya que "a simple vista se denota una acción desde la Asamblea Nacional dirigida a actuar ante instancias internacionales en ejercicio de atribuciones que no le serían propias en el marco del orden constitucional vigente".

El máximo tribunal suspendió también la sesión del 31 de mayo pasado y por ende el "Acuerdo que respalda el interés de la comunidad Internacional" en la crisis venezolana por parte del G7 (Alemania, Canadá, Estados Unidos, Francia, Italia, Japón y Reino Unido), la Organización de los Estados Americanos (OEA), la Unión de Naciones Sudamericanas (Unasur), el Mercado Común del Sur (Mercosur) y el Vaticano.

Las autoridades del TSJ exhortaron al presidente de la AN, el opositor Henry Ramos Allup, y al resto del cuerpo directivo del Congreso "abstenerse de pretender dirigir las relaciones exteriores de la República".

"Se observan indicios de los cuales pudiera desprenderse que el órgano legislativo ha asumido atribuciones que constitucionalmente son propias del Poder Ejecutivo", agregó el TSJ.

La decisión de la Sala Constitucional se produjo luego de que la Procuraduría General presentó un amparo en contra de la AN, al argumentar que el Poder Legislativo persigue consumar "un golpe de Estado".

El TSJ admitió la solicitud y además ordenó una citación a la directiva de la AN, compuesta por su presidente Ramos Allup y los vicepresidentes Simón Calzadilla y Enrique Márquez.

También se autorizó la notificación de esta decisión a la fiscal general de Venezuela, Luisa Ortega, al defensor del pueblo Tarew William Saab, y al procurador general de la República, Manuel Galindo.

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